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| 1. |
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Asegurar que los bienes y servicios culturales no sean tratados como las demás mercancías o como bienes de consumo en el marco del derecho de la competencia y del derecho comercial. |
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| 2. |
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Una aplicación estricta de las reglas de competencia cuando la concentración tiene un impacto sobre el sector de la cultura y de los media de comunicación. El objetivo es garantizar el pluralismo de las expresiones y la libertad para el consumidor de poder elegir. |
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| 3. |
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A fomentar la innovación, la creatividad, y el espíritu empresarial tras:
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Apoyar las capacidades de los creadores y de las industrias culturales ; |
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Favorecer el acceso al mercado (a nivel de la venta al por menor, de la radiodifusión, o en línea) vía una discriminación positiva, a favor tanto de las pequeñas empresas como de los artistas. |
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Asegurar que los derechos de propiedad intelectual sigan constituyendo el pilar de la creación –y que no se utilicen tan sólo para aumentar la superioridad de las empresas más importantes. |
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| 4. |
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Ratificar una Convención de derecho internacional que incluya las normas siguientes: la diversidad cultural debe impulsarse; los Estados deben poder tomar medidas y aplicarlas para proteger y fomentar la cultura y las industrias culturales. |
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| 5. |
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Favorecer los intercambios culturales a través de la cooperación internacional o de los acuerdos de comercio. |
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| 6. |
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Crear un forum mundial de las culturas para los creadores y las industrias culturales. |